La reciente promulgación de la Ley 1582 del 01 de octubre de 2024 introduce cambios significativos al régimen de pensiones en Bolivia.
- IMPLICACIONES PARA LAS EMPRESAS
Las modificaciones incluyen el incremento del aporte patronal del fondo solidario, de acuerdo al siguiente cuadro:
Tipo de Aporte | Antes | Ahora |
Aporte Patronal Solidario | 3.00% | 3.50% |
Aporte Patronal Solidario del sector Minero Metalúrgico | 2.00% | 2.30% |
Estas modificaciones, afectan directamente las cargas patronales, incrementando el costo mensual laboral de los empleadores:
Tipo de Aporte Patronal | Antes | Ahora |
Prima por riesgo profesional | 1.71% | 1.71% |
Aporte Fondo de vivienda | 2.00% | 2.00% |
Aporte fondo solidario | 3.00% | 3.50% |
Total | 6.71% | 7.21% |
- IMPLICACIONES PARA LOS TRABAJADORES
Esta ley también modifica el aporte nacional solidario de los trabajadores, donde las nuevas alícuotas son:
Aporte Nacional Solidario (Laboral) | Antes | Ahora |
De la diferencia entre el total ganado menos Bs. 13.000 | 1.00% | 1.15% |
De la diferencia entre el total ganado menos Bs. 25.000 | 5.00% | 5.74% |
De la diferencia entre el total ganado menos Bs. 35.000 | 10.00% | 11.48% |
- PERIODO DE APLICACIÓN
Si bien la Ley 1582 establecía que la APS (Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros), en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles, emitiría la regulación correspondiente, el 11 de octubre de 2024, la APS emitió la Resolución Administrativa APS/DJ/DP/N°1377/2024 donde establece que los nuevos porcentajes de aporte solidario serán aplicados a partir del periodo de cotización octubre 2024.
- RECOMENDACIONES
- El departamento de Recursos Humanos deberá aplicar los nuevos porcentajes en la planilla o nómina de octubre 2024, para ello, se recomienda modificar todas las plantillas de trabajo que contenga porcentajes de aportes solidarios.
- El departamento contable, deberá verificar la correcta modificación y aplicación del aporte solidario patronal, a fin de realizar las provisiones de este de forma correcta.
- El departamento de Recursos Humanos mediante un comunicado interno, trasmita la información a los trabajadores sobre los nuevos porcentajes aplicables al aporte nacional solidario laboral, evitando así la desinformación y posteriores reclamos o consultas por el incremento en las deducciones de su liquido pagable.
- La Gerencia General, deberá tomar conocimiento del incremento en las cargas sociales, con el fin de velar por el cumplimiento, además de coordinar el ajuste de presupuesto dado el incremento en el costo laboral.
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